Un fallo judicial prohibió las fumigaciones con drones en Aldea Salto tras detectarse daño genotóxico crónico en una niña expuesta a sustancias agroquímicas.

«Habilitar fumigaciones cerca de áreas habitadas -como lo permite la Ley de Agroquímicos N° 11.178- pone en riesgo la salud de las infancias».
El fallo de da luego de que se comprobara que una niña de 12 años presenta daño genotóxico crónico asociado a la exposición a agroquímicos.
La definición judicial fue dictada por la jueza Adriana Acevedo, quien resolvió aplicar el principio precautorio y prohibir el uso de drones para pulverizar hasta que se resuelva el amparo ambiental presentado por la familia de la menor.
«Es imprescindible revisar la normativa aprobada y garantizar estudios científicos, monitoreos ambientales con participación social efectiva. La protección de la vida y del ambiente no puede quedar supeditada a intereses económicos», afirman quiénes impulsaron la demanda y completan:»la salud de las niñas y niños entrerrianos no se negocia».