El juez en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick dio lugar a una medida cautelar solicitada por el Consejo Interuniversitario Nacional para que se cumplan los artículos 5° y 6° de la ley de Financiamiento Universitario.

De esta manera, deberá cumplir lo establecido respecto a la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de universidades nacionales y del monto de becas estudiantiles.
Luego del Decreto 795/2025, que suspendió la aplicación de la ley de Financiamiento Universitario, el Consejo Interuniversitario Nacional inició un proceso colectivo a fines de octubre de 2025 donde solicitó la declaración de inconstitucionalidad del decreto del PEN y el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario, con énfasis en estos artículos