El INECIP elaboró un ranking de acuerdo con la resolución de casos penales.

Por Rafael Saralegui

Existen formas para evaluar el desempeño del Ministerio Público Fiscal de cada provincia, ahora que en la mayoría se instrumentó el sistema acusatorio, para poder determinar la eficacia de las investigaciones penales que se llevan adelante.

Sin embargo, en la mayor parte de las jurisdicciones “no publican información básica sobre su desempeño. Y, en muchos casos, ni siquiera la producen, o sólo lo hacen cuando reciben algún pedido de acceso a la información pública”.

Así lo pudo constatar el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) que en 2019 comenzó a elaborar un ranking de eficacia político-criminal de los Ministerios Públicos Fiscales de la Argentina y ahora dio a conocer los datos del último trabajo correspondiente a 2022.

Para elaborar el ranking los investigadores toman como referencia la tasa básica de eficacia político-criminal que “busca identificar cuántas de las causas que ingresan a las fiscalías reciben alguna respuesta con capacidad de incidir, aunque sea mínimamente, sobre el control de la criminalidad  (uno de los objetivos principales de los Ministerios Públicos)”.

De esta forma se toman la cantidad total de casos penales ingresados al MPF durante el 2022 (de acuerdo con el criterio de definición de “caso penal” tomado por los propios MPF) y se divide respuestas obtenidas durante el 2022 que tengan alguna capacidad -aunque sea mínima- de impactar sobre el control de la criminalidad. 

Una condición necesaria, aunque no suficiente, para que las salidas tengan esa capacidad, es que impongan a una persona la realización de algún tipo de acción como consecuencia de su participación en el conflicto primario. Estas salidas implican reconocimiento de responsabilidad (formal o informal) y consecuencias de las acciones. Esto significa que los sectores victimizados han recibido alguna compensación -en sentido amplio- por los daños sufridos, lo cual no necesariamente implica una condena.

Estas respuestas son: condenas, suspensiones de juicio a prueba y acuerdos reparatorios (en sentido amplio, más allá de su denominación concreta en cada sistema procesal, y contando tanto a los mecanismos formales como informales de acuerdo).

Según el trabajo, en la mayor parte de los MPF no se genera información sobre el desempeño. Y en los caso en los que si se produce, no es utiliza ese insumo para establecer líneas de acciones sobre la persecución penal.

“La consecuencia es que no se tomen decisiones, dejando todo librado a la inercia o a las decisiones aisladas de cada fiscal, de otros actores de la burocracia fiscal, o incluso de la policía;  o que las decisiones se tomen en base a intuiciones, “ruidos”, pero no a información rigurosa”, advierten. 

Los MPF más eficaces, de acuerdo con el ranking que se elaboró a partir de la tasa básica de eficacia fueron en 2022 los de Jujuy, Río Negro, Neuquén, Mendoza y Chubut, en los cinco primeros lugares.

De acuerdo con el mismo trabajo, los más ineficaces fueron los de La Rioja, Corrientes, Santa Cruz y San Luis. Y los más opacos, por no entregar información, fueron los de San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán, entre otros.

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