La Superintendencia de Servicios de Salud consideró que «no obstante los avances tecnológicos y la conveniencia de los sistemas digitales, persisten barreras de acceso para una parte significativa de los usuarios, quienes no cuentan con conectividad, dispositivos compatibles o alfabetización digital adecuada».

El Gobierno dispuso que las obras sociales y prepagas deberán otorgar, si el afiliado así lo solicita, una credencial física. Quienes no la pidan podrán seguir utilizando la versión digital.

La medida se implementó a través de la Resolución 1463/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Claudio Stivelman.

«La credencial física será emitida a simple solicitud del interesado, sin cargo alguno, y deberá ser entregada en un plazo razonable no mayor a 15 días hábiles», establece el texto.

Los Agentes del Seguro de Salud deberán implementar canales adecuados de información y comunicación para dar a conocer a sus usuarios y/o afiliados el derecho a solicitar la credencial física, las vías disponibles para requerirla y las opciones de entrega habilitadas.

La norma reconoce que «no obstante los avances tecnológicos y la conveniencia de los sistemas digitales, persisten barreras de acceso para una parte significativa de los usuarios, quienes no cuentan con conectividad, dispositivos compatibles o alfabetización digital adecuada».

«El uso de herramientas digitales puede implicar barreras para ciertas personas, ya sea por razones vinculadas a su contexto, a condiciones personales o a la falta de recursos o acompañamiento adecuado. Por otra parte, debe destacarse que no existe disposición normativa que imponga a los usuarios la obligación de utilizar exclusivamente credenciales digitales como medio de identificación para acceder a prestaciones de salud», añade la resolución.

«A fin de resguardar los principios de igualdad, no discriminación y autonomía, corresponde disponer una alternativa física que permita el pleno ejercicio del derecho a la salud, evitando condicionamientos tecnológicos que puedan obstaculizar el acceso equitativo a las prestaciones», define.

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