Así lo pidió el fiscal Taiano tras culminar la etapa de instrucción. Está demostrado que el oficial Cristian Rivaldi actuó a las órdenes del Ministerio de Seguridad, violó los protocolos de uso de armas “no letales” y dañó en los ojos a Fabrizia Pegoraro. También está demostrada la mentira encubridora de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Pero, por ahora, ella sigue zafando. 

Eduardo Taiano, titular de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal N° 8 de Comodoro Py, pidió el martes la elevación a juicio contra Cristian Miguel Rivaldi, oficial de la Policía Federal que el 11 de septiembre de 2024 atacó a la niña Fabrizia Pegoraro, de diez años de edad, quien participaba junto a su madre de una manifestación junto a jubiladas y jubilados frente al Congreso.

El oficial principal pertenece a División Operaciones Urbanas de Contención de Actividades Deportivas (Doucad) de esa fuerza nacional y aquella tarde reprimió manifestantes a las órdenes de la ministra Patricia Bullrich. Las imágenes que muestran el ataque con un dañino gas pimienta hacia la niña y su madre recorrieron el mundo como muestra de la saña represiva del gobierno de Javier Milei.

La causa se tramita en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 9, a cargo del juez federal Luis Rodríguez. Lleva el número 3801/2024 y se caratula “Bullrich, Patricia s/abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”.

Al finalizar la instrucción de la causa, el fiscal Taiano pudo determinar que el represor Rivaldi roció “deliberadamente con gas (líquido irritante)” a la niña y a Carla Pegoraro, su madre, “en sus cuerpos y rostros, ocasionándoles lesiones”. Que lo hizo “de forma desmedida e injustificada”, a una “corta distancia” y contra “víctimas que se hallaban sentadas en la vía pública sin agredir a la autoridad ni ofrecer resistencia alguna”. La niña debió ser hospitalizada y le diagnosticaron “conjuntivitis química” a raíz del accionar policial.

Lejos de considerar que Rivaldi tuvo una actuación individual, Taiano remarca en su escrito que el policía “estuvo afectado a prestar servicios conforme la Orden de Servicio N° 2978/2024 relativa al operativo ‘Concentración frente al Congreso de la Nación’, bajo la coordinación del Comando Unificado de las Fuerzas Federales”. Es decir, que su actuación se ajustó a las órdenes recibidas.

Más allá del contexto represivo que amparó a Rivaldi en su actuación, el fiscal lo acusa de haber violado la normativa vigente, particularmente varios artículos del “Reglamento General” de las fuerzas federales para el uso de “armamento no letal de inmovilización e incapacitación”. También el policía violó las “disposiciones y principios” regidos por el “Manual de Capacitación Policial en el Uso Racional de la Fuerza”.

En ese marco, Rivaldi es acusado de autor penalmente responsable de los delitos de “abuso de autoridad” y “lesiones leves”. Delitos contemplados en los artículos 45, 54, 89 y 248 del Código Penal de la Nación.

Las penas previstas para esos delitos van de “un mes a dos años” de prisión e “inhabilitación especial por doble tiempo”. Es decir que, aún en caso de ser condenado por el máximo legal, Rivaldi nunca quedará preso (el mínimo de prisión efectiva es de tres años de pena) y a lo sumo pasará cuatro años sin “trabajar” de policía. De todos modos, una condena dejaría en claro que todo lo dicho y hecho por él y sus superiores fue criminal y mentiroso.

Encubrimiento oficial

Desde el principio, el policía federal Cristian Rivaldi negó categóricamente haber actuado fuera de todo reglamento e insistió en que cumplió a rajatabla las órdenes del Departamento Planificación de Servicios Urbanos y Federales de la PFA. De hecho tuvo la caradurez de culpar a la niña y su madre por ser parte de un grupo que intentó “irrumpir violentamente” en el Congreso, por la puerta de Diputados de la Avenida Rivadavia.

El represor dijo que desde el Comando Unificado se impartió “la orden de avanzar, dispersar a los revoltosos y liberar la calzada” y que, para cumplir esa directiva, se sumó al grupo de policías conducido por el comisario inspector Gerardo Perillo Scampini, Jefe del Departamento Cuerpo Guardia de Infantería. Agregó, sin evidencia alguna, que fueron los manifestantes quienes primero le tiraron gas pimienta al comisario.

Todo eso habría justificado la aplicación del “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación” del Ministerio de “Seguridad Nacional”. Según el represor, en ese momento “no observó a persona menor alguna en el escenario de los acontecimientos” y usó el gas pimienta, tal como lo tiene autorizado, contra las personas adultas que tenía enfrente.

“La jornada terminó sin novedades”, dijo Rivaldi en su declaración judicial. Afirmó que “recién al día siguiente” se enteró que una niña “supuestamente fue gaseada” y negó todo tipo de responsabilidad en los hechos. Todo contra las evidencias registradas por los móviles televisivos e infinidad de testigos en el mismo momento del ataque contra Fabrizia.

Según las pruebas reunidas por la Fiscalía, al momento de ser atacados los manifestantes se encontraban sentados sobre la calle, en Rivadavia y Callao. Y Rivaldi los gaseó a una distancia menor a un metro, lejos de los “diez metros” que él dijo que mediaban entre su mano y las personas agredidas por su gas. Vale agregar que también recibió su gas pimienta un jubilado que caminaba con bastón.

La identificación del agresor se produjo a partir de la reconstrucción de los hechos con imágenes periodísticas y no por un aporte del Poder Ejecutivo en busca de la verdad. Eso también demuestra el nivel de encubrimiento de parte de Bullrich y sus secuaces.

El fiscal Taiano echó por tierra esa excusa: para el responsable de la instrucción penal, Rivaldi tenía “el visor de plástico semilevantado con el fin de poder ver un poco mejor”, lo que daba “mayor y mejor visibilidad del entorno y de las personas”. Por eso, escribe en su pedido de elevación a juicio, lo hecho por Rivaldi fue “con pleno conocimiento e intención de lo que hacía”.

El caso de Fabrizia y Carla Pegoraro se inscribe en una larga zaga de represiones brutales y ataques del gobierno de La Libertad Avanza contra derechos constitucionales básicos como el de protestar contra las autoridades y manifestarse públicamente en las calles.

Un accionar criminal desde el Estado que, en lo que va de gestión “libertaria”, ya provocó cientos de heridos y detenidos. Entre los primeros, los casos del fotógrafo Pablo Grillo, del abogado del CeProDH Matías Aufieri y del hincha de Chacarita Jonathan Navarro son de los más graves. Entre los segundos, se cuenta una infinidad de causas penales armadas sin pruebas por delitos gravísimos e inverosímiles como “terrosismo”“sedición” e intentos de “golpe de Estado”.

Sólo un puñado de esos casos alcanzaría para que Bullrich y sus laderos del Ministerio terminen investigados, procesados, juzgados y condenados a penas muy duras por diversos delitos. Algo que ya debería haber ocurrido tras su primera gestión como ministra en tiempos de Mauricio Macri, con casos emblemáticos como los de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel. Pero sus sucesores de Frente de Todos no motorizaron ningún avance en ese sentido y habilitaron sin culpas el regreso de “Pato” a sus prácticas criminales.

Como siempre, será la movilización independiente y sostenida de la clase trabajadora y los sectores populares la que garantice el juzgamiento y condena a los represores libertarianos. Así fue con los genocidas de la dictadura y los asesinos de los mártires de diciembre de 2001, de Kosteki y Santillán, de Mariano Ferreyra y demás luchadores y luchadoras. Ése es el camino.

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