El Gobierno nacional anunció un pago de bono extra para las trabajadores y trabajadoras de casas particulares o empleadas domésticas.

Será por única vez y forma parte de la batería de medidas anunciadas para morigerar el impacto de la inflación tras la devaluación. Asimismo, las y los trabajadores cobrarán aumento durante este mes.
Vale recordar que en ese entonces, se había negociado una suba salarial del 36% en tres tramos, a pagarse entre los meses de julio, agosto y septiembre. Por lo cual, este mes entrante será el último en el que están cubiertos por paritarias a la espera de una nueva reunión en el Ministerio de Trabajo.
Salarios: cómo son los aumentos que cobran las empleadas domésticas
El aumento salarial se divide en tres tramos:
- En julio los trabajadores de casas particulares recibieron un incremento del 20%,
- En agosto recibieron un incremento del 8%
- En septiembre recibirán un incremento del 8%
Esto, a su vez, tendrá efecto en los aportes y las contribuciones que debe abonar la parte empleadora. Asimismo, los incrementos correspondientes a agosto se reflejarán en los pagos de septiembre, como sucedió el mes pasado.
Bono de $25.000 para empleadas domésticas
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social comunicó que los empleadores de empleadas domésticas tienen la posibilidad de recibir un reintegro equivalente al 50% del bono de $25.000, distribuidos en dos pagos de $12.500 cada uno durante los meses de septiembre y octubre.
A través de la Resolución 1136 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se estableció un mecanismo para que los empleadores que paguen la asignación no remunerativa a los trabajadores y trabajadoras del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares puedan solicitar el reintegro de hasta el 50%.
Cuáles son los requisitos para acceder al reintegro de $25.000
- Que la relación laboral haya estado activa en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Que se encuentre previamente registrado el pago de la asignación no remunerativa.
- No haber estado alcanzado por el impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
- No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- No poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023, por empleador o empleadora.