El tribunal revirtió la decisión de la Junta Nacional Electoral y dispuso que la cartelería, que exhibe la oferta electoral vigente en el territorio bonaerense, contenga al primer candidato de La Libertad Avanza.

La Cámara Nacional Electoral ordenó la reimpresión de los afiches y determinó que Diego Santilli aparezca como primer candidato de la lista de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires, tras la renuncia de José Luis Espert.
Esta mañana, el Tribunal revocó la decisión de la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires respecto a la reimpresión de los afiches que se deben exhibir en los establecimientos de votación, con las listas completas de las candidaturas reales del distrito.
Recordemos que en este sistema de votación, las listas de candidatos son muy numerosas y no incluye, por obvias Iimitaciones de espacio en la boleta, la identificación de todas las candidaturas propuestas.
Por ese motivo, el Código Electoral Nacional prevé que Ias Iistas completas de candidatas y candidatos con sus respectivos suplentes, deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria de manera clara y visible (cf. art. 62 bis, inc. 11).
En este caso, y a diferencia de lo ocurrido con la reimpresión de los talonarios de boletas, Ios afiches o carteles son elementos con un contenido genérico e informativo para todo el distrito (no individualizados por mesa de votación), cuya distribución puede disponerse incluso a través de un circuito paralelo o concomitante aI del material esencial para Ia constitución de las mesas (urnas, ejemplares del padrón electoral, talonarios BUP, actas, etc.) sin retrotraer los actos cumplidos ni las operaciones realizadas y sin poner en riesgo Ia entrega oportuna de dicho material.
Más aún, cuando el Correo informó que es posible la reimpresión y la distribución sin entorpecer el despliegue del resto del material electoral necesario para llevar a cabo los comicios. En tal sentido, el Tribunal ha enfatizado que «eI ciudadano debe ser eI centro de la atención de quienes tienen a su cargo Ia administración de los asuntos públicos».
Las reglas electorales deben enfocarse en garantizar a Ia ciudadanía eI ejercicio de una voluntad bien clara, sin confusiones y para ello se necesita que la información sea simple y entendible».
En efecto, la autoridad electoral debe procurar, en Ia medida de Io razonable y posible, que Ia información puesta a disposición de Ios electores refleje Ia oferta electoral real y vigente aI momento de los comicios, máxime cuando -como en el caso- existen márgenes operativos que permiten adoptar medidas tendientes a ese fin. (C5N)