En el encuentro se eligió al diputado Fabián Rogel como titular de la misma, y al senador Martín Oliva como secretario. En cuanto al Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, y según la ley vigente, se abre un período de diez días para presentar impugnaciones a los legisladores propuestos para su integración: el senador Juan Pablo Cosso, y los diputados Silvina Deccó y Silvio Gallay.

En la Sala de Reuniones del Senado, segundo piso de Casa de Gobierno, se llevó adelante una reunión de la Comisión Bicameral para la Defensa de los Derechos Humanos donde se establecieron en primer término las autoridades. Participaron quien quedó al frente de la misma, Fabián Rogel, junto a los senadores Martín Oliva y Gustavo Vergara, con las diputadas Lorena Arrozogaray, Gabriela Lena, Silvia Moreno, y María Elena Romero.
Los legisladores se expresaron en relación a la defensa de los derechos humanos desde el retorno de la democracia hasta la actualidad, y coincidieron en resaltar el espacio que les brinda la Comisión Bicameral para el análisis, la discusión, y el abordaje de problemáticas que suceden en territorio entrerriano.

Comité Provincial para la Prevención de la Tortura
Luego de la conformación de la Comisión Bicameral, se dio paso a completar la nueva estructura del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura. Según el artículo 11 de la Ley 10563, los tres miembros propuestos por el Poder Legislativo para integrar el mismo, se someten al procedimiento de apertura de un período para presentar impugnaciones u observaciones que serán consideradas por la Comisión Bicameral, y si no hay objeciones se incluirá a estos candidatos en el Dictamen a ser considerado por ambas Cámaras. De esta manera, luego de realizar las publicaciones correspondientes en relación al senador Juan Pablo Cosso, y a los diputados Silvina Deccó y Silvio Gallay, se dará el plazo de 10 días para este fin.

El organismo se completa con la directora de Derechos Humanos representando al Poder Ejecutivo, María Emma Bargagna, y los miembros de la sociedad civil que ya vienen trabajando desde agosto de 2023, Ignacio Journé y Sofía Stamatti. Estos últimos, presentes en la reunión de Comisión de este miércoles, entregaron a los legisladores informes sobre las inspecciones realizadas. Ambos destacaron la necesidad que había de terminar de conformar el Comité, y manifestaron que vienen trabajando atendiendo casos particulares y visitando lugares de detención en toda la provincia. Pusieron de relieve que contar con presupuesto será beneficioso para la prestación del servicio, y comentaron a los legisladores presentes sobre los problemas, en diferentes niveles, que tienen tanto unidades carcelarias como departamentales de Policía en cuanto a infraestructura, hacinamiento, alimentación, salud, violencia, entre otros.

Marco legal
Por la ley Nº 11059 sancionada en marzo de 2023, se modificaron algunos artículos de la Ley Nº 10.563 (sancionada en 2017) sobre “Mecanismo de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes” en virtud de lo establecido en la Ley Nacional Nº 26827. Por esta normativa se crea el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura en la órbita de la Legislatura, en cumplimiento del mandato emergente del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes aprobado por ley 25.932, que tendrá competencia sobre cualquier centro de detención ubicado dentro de los límites territoriales de la Provincia de Entre Ríos. El Comité se constituirá como un ente autárquico y autónomo en el ejercicio de sus funciones, que no recibirá instrucciones de ninguno de los poderes públicos del Estado.
La Ley Nº 11059 establece que el Comité estará integrado por seis (6) miembros. Se integrará de la siguiente manera: a) Dos (2) miembros a propuesta de las Organizaciones de Derechos Humanos con personería jurídica vigente, que avalen honorabilidad e integridad ética socialmente reconocida, trayectoria y destacada conducta en el fortalecimiento de los valores, principios y prácticas democráticas. Su elección será producto de la elección democrática directa en asamblea convocada al efecto por parte de esas organizaciones de la sociedad civil. b) Tres legisladores (3) a propuesta del Poder Legislativo Provincial, uno por la mayoría y otro por la primera minoría de la Cámara de Diputados, y un Senador a propuesta de la mayoría del Senado Provincial. Al renovarse la composición de la Legislatura y dentro del primer mes de iniciado un nuevo período, cada Cámara renovará los miembros del Comité, conforme estos criterios. c) El Subsecretario/a de Derechos Humanos de la Provincia, u organismo que en el futuro lo reemplace, pudiendo ejercer esa representación otro agente de planta permanente de dicha dependencia. En el caso de los/las Legisladores que lo integren y en el de la Subsecretaría de Derechos Humanos, o el organismo que lo reemplace, el desempeño será una carga pública honoraria. Los viáticos y las compensaciones necesarias para el desarrollo de sus tareas serán fijados de acuerdo con el reglamento interno que se dicte. En el caso de los/las dos representantes de organizaciones de la sociedad civil, como el de la Secretaría Ejecutiva, serán remunerados conforme la jerarquía de una Dirección General tomando la base del Escalafón del Poder Ejecutivo Provincial. En la integración del Comité se asumen como prioritarios los principios de paridad de géneros sobre la base de la igualdad y no discriminación, de adecuada participación de las organizaciones de la sociedad civil interesados en el cumplimiento de las finalidades previstas en el protocolo facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la presente ley.