El plan de pagos a la Anses podría no tratarse en extraordinarias por el bloqueo de JxC. Tampoco tiene perspectiva, por ahora, de ser aprobado por DNU. Cuáles son las opciones provisorias para las 800.000 personas que esperan la sanción de la ley.

La nueva moratoria previsional que tiene media sanción del Senado depende ahora del tratamiento en Diputados para que cientos de miles de personas puedan acceder a su jubilación en los próximos meses. Sin embargo, con el trámite trabado ante la negativa de Juntos por el Cambio de consensuar proyectos en las sesiones extraordinariaslos futuros jubilados y pensionados cuentan con algunas alternativas provisorias para mejorar su situación a la espera de la sanción definitiva.

La Casa Rosada incluyó al plan de pago de la deuda con Anses en el temario de las sesiones extraordinarias que convocó a partir del 23 de enero. Se trata de una iniciativa necesaria para que unas 800.000 personas que adeudan aportes hasta el año 2008 puedan acceder a su jubilación. Tras la media sanción de la Cámara Alta en junio pasado, es ahora la Cámara Baja la que debe aprobar finalmente el proyecto de ley. Pero esto parece impensado ante la decisión de Juntos por el Cambio de no discutir ninguna iniciativa mientras el Frente de Todos mantenga el pedido de juicio político a la Corte Suprema, por lo que todo indica que la moratoria no saldrá antes de las ordinarias que inician el 1 de marzo.

Las opciones alternativas para los futuros jubilados

En cualquier caso, la falta de una solución inmediata para la jubilación de estos más de 800.000 hombres y mujeres lleva a la necesidad de pensar en alguna posible alternativa provisoria.

En diálogo con este portal, la abogada previsionalista Natalia Ponce de León entiende que «lo mejor es la moratoria para que todos tengan el beneficio más noble que es la jubilación, que además no te pueden sacar». Pero, más allá de eso, ofrece algunas otras opciones transitorias que al menos parte del grupo que espera la moratoria puede aprovechar:

  • En primer lugar, destacó que sigue vigente la moratoria de la ley 24.476 (aprobada en 2005), la cual permite regularizar aportes hasta septiembre de 1993. Puede ser utilizada por hombres y mujeres, aunque en este caso la condición es que tengan cerca de 15 años de aportes luego de aquel año. «La gente por lo general no sabe que sigue vigente y todos piensan que no se pueden jubilar porque no hay moratoria, y no es tan así», señaló la abogada.
  • Una segunda opción es obtener la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que no requiere ningún tipo de aportes. La contra, en este caso, es que el monto es solo un 80% de la jubilación mínima, y que además cuando fallece el o la titular de este beneficio su viudo o viuda no obtiene una pensión (como sí sucede con la jubilación convencional)
  • Una tercera opción es que estos futuros jubilados a quienes les faltan algunos años de aporte comiencen a aportar a través del monotributo social, que tiene un valor actual bajo, de unos 1.000 pesos por mes, por lo que es accesible para quienes hacen changas. Ponce de León aclaró que tiene una inscripción sencilla y que no requiere de facturación. Y agregó que, a diferencia del monotributo común, es compatible con estar cobrando la mismo tiempo la PUAM, por lo que ayuda a realizar una transición de la PUAM a la jubilación.
  • En cuarto lugar, quienes no cuentan todavía con la edad jubilatoria pueden pedir la Pensión No Contributiva (PNC), la cual requiere que el beneficiario esté en situación de vulnerabilidad económica y posea una discapacidad de al menos el 76%. Otorga el 70% de la jubilación mínima.
  • Por último, la abogada recomienda que quienes están en relación de dependencia y tienen la edad correspondiente efectivamente se jubilen antes de una posible extensión de la edad jubilatoria o de una eventual suspensión de la moratoria vigente desde 2005. «Pueden usar la moratoria de la ley 24.476 para hacer los últimos aportes necesarios, y pueden seguir trabajando en blanco aunque se jubilen si el empleador lo permite, entonces pueden tener doble ingreso», remarcó Ponce de León.

¿Hay otra solución política a la traba legislativa de la moratoria?

Si Juntos por el Cambio logra frenar el debate en las extraordinarias en el Congreso, la única salida política al asunto, entonces, correría por cuenta del Poder Ejecutivo. El abogado previsionalista Christian D’Alessandro explicó a El Destape que en este plano hay dos opciones posibles. Por un lado, Alberto Fernández podría aprobar la nueva moratoria previsional por DNU, que luego estaría sujeto a su vez a la aprobación activa o tácita de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo.

Por otro lado, D’Alessandro señaló que el Presidente podría optar extender la vieja moratoria que fue originalmente sancionada en 2014 cuya última prórroga venció el 31 de diciembre pasado. Esto, de todos modos, tendría un efecto limitado, ya que es solo para mujeres y para regularizar la falta de aportes hasta el 2003. «El hombre quedó afuera de todo», agregó el abogado.

Sin embargo, según pudo saber este portal, hasta el momento estas opciones no están dentro de los planes de Poder Ejecutivo. Si bien cerca de Alberto Fernández entienden que sería teóricamente posible aprobar la moratoria por decreto, aclararon que por ahora «no hay ningún expediente» sobre el tema en la Secretaría Legal y Técnica y añaden que, en todo caso, este expediente debería provenir de la Anses. A su vez, en el organismo previsional aclaran que la idea es que la iniciativa sea aprobada directamente en el Congreso.

La vieja moratoria de 2014 tampoco tiene perspectivas de extensión. En la dependencia que dirige Fernanda Raverta señalaron que ellos mismos no pueden volver a prorrogarla por haberlo hecho ya una vez. En ese sentido, remarcaron que la única opción sería el decreto presidencial, pero agregaron que eso solo representaría un paliativo porque esta moratoria de a poco irá quedando caduca por contemplar cada vez años más viejos.

En la Casa Rosada apuestan entonces a que el plan de pagos a la Anses pueda finalmente tratarse y aprobarse en el Congreso, y explicaron que el proyecto que tiene media sanción del Senado no perderá estado parlamentario cuando comiencen las sesiones ordinarias el 1° de marzo. De este modo, solo bastará con que en algún momento del resto del año sea aprobado por la Cámara de Diputados para que pueda entrar en vigencia.

Fuente: (El Destape)

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