Así lo resolvió el Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos. Consideró que no estaba acreditado de manera indubitable el riesgo de fuga. También fue liberado su cuñado Juan Pablo Aguilera.
El Superior Tribunal de Justicia de Ente Ríos, conformado por los vocales Leonardo Portela, Germán Carlomagno y Miguel Ángel Giorgio, resolvieron , por mayoría, hacer lugar a los recursos presentados por Juan Pablo Aguilera y Sergio Daniel Urribarri y ordenaron su libertad.
Sin riesgo de fuga
Germán Carlomagno y Leonardo Portela coincidieron en que la sentencia que dictó la Sala de Casación Penal de Paraná ordenando la detención del ex gobernador y su cuñado, integrada por las vocales Marcela Badano, Marcela Davite y María Evangelina Bruzzo, debía revocarse debido a que el Ministerio Público Fiscal no acreditó de manera indubitable el riesgo de fuga, requisito ineludible para restringir la libertad ambulatoria de las personas para dictar una medida cautelar de este tipo cuando las sentencias condenatorias no se encuentran firmes.
En ese sentido, se tuvo especialmente en cuenta que Aguilera y Urribarri estuvieron en todo momento sujetos a las diferentes requisitorias que se les hicieron, destacándose, por ejemplo, que Urribarri renunció a su cargo de embajador y se hizo presente sometiéndose sin condicionamientos a proceso.
Desestimaron la prisión preventiva
Asimismo, se destacó que los argumentos brindados por la Sala de Casación son improcedentes en esta etapa del proceso para justificar la prisión preventiva, dado que, según se interpretó, consisten de apreciaciones que debieron tenerse en cuenta al momento del juzgamiento y no de evaluar la procedencia de la medida cautelar.
Por su parte, el vocal Miguel Ángel Giorgio consideró que la sentencia de la Sala de Casación Penal de Paraná reflejaba correctamente la situación y que, por ende, los recursos de los imputados debían ser rechazados.