Desde el Ejecutivo explicaron que varias empresas pidieron más tiempo para poder implementar los incrementos en sus sistemas de facturación, por lo que se extendió el período para hacerlo. Ante esto, pueden venir nuevos aumentos.

El Gobierno prorrogó la autorización a las prepagas para aplicar subas según el plan o la región, luego del pedido de varias empresas de más tiempo para poder implementar los incrementos subas en sus sistemas de facturación, que se había habilitado a comienzos de septiembre. Ante esto, pueden venir nuevos aumentos.

La medida se implementó a través de la Resolución 3386/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma prorroga hasta el 1° de diciembre de 2024 el plazo para la aplicación de la Resolución 2155 del 2 de septiembre, que habilitó a las empresas a «aplicar aumentos en sus cuotas de manera variable, conforme las condiciones del plan y las regiones o zonas en las que se brinda la atención medico asistencial».

El texto recoge que «con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma citada, se registraron numerosos pedidos de prórroga por parte de las entidades», debido a que «las modificaciones que deben realizar las entidades de medicina prepaga en sus sistemas de facturación requieren de un período de puesta en funcionamiento para cumplir con las nuevas directivas».

La resolución publicada a comienzos de septiembre argumentaba que «la variedad de planes ofrecidos por las Entidades mencionadas, tanto con copagos como sin copagos, demanda una política de ajustes que refleje las diferencias entre ellos y establezca el derecho a una cobertura adecuada y equitativa».

Además, «las disparidades en los costos de atención médica entre distintas regiones justifican la necesidad de ajustar las cuotas de acuerdo con la ubicación geográfica en la que se brinda el servicio».

Ante esto, «los aumentos en las cuotas de los planes de cobertura ofrecidos por las entidades pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención medico asistencial».

Estas subas deberán comunicarse dentro de los cinco días de la publicación del último Índice de Precios a Consumidor «de manera clara y destacada, detallando el porcentaje de aumento aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual».

Además, las prepagas «deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente, cumpliendo con los siguientes requisitos mínimos: a) Costo base del plan contratado, b) Costos adicionales por coberturas específicas, c) Ajustes por edad o factores de riesgo, d) Aportes, cotizaciones y/o cápitas recibidos y e) Impuestos y/o tasas aplicables. El desglose deberá presentarse de manera clara y comprensible, utilizando un lenguaje sencillo y evitando tecnicismos innecesarios».

«Cualquier cambio en los conceptos facturados deberá ser notificado al afiliado con al menos de 30 días de anticipación, explicando las razones de dicha modificación», señala la norma. (C5N)

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