Los valores mínimos permanecen en los niveles establecidos para julio y varían según la categoría y la modalidad de trabajo.

Las trabajadoras de casas particulares atraviesan agosto de 2026 sin un nuevo aumento salarial. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares no convocó hasta el momento a una nueva instancia de negociación y, por esa razón, los valores mínimos establecidos en julio continúan vigentes durante todo el mes.

La escala actual fue fijada mediante la Resolución N° 4/2026, que estableció incrementos escalonados entre abril y julio sobre los salarios mínimos correspondientes a marzo. El último tramo contempló una suba del 1,4% en julio, sin nuevos incrementos previstos para agosto

De esta manera, los montos de julio se mantienen como referencia para determinar cuánto corresponde pagar a las empleadas domésticas, de acuerdo con la tarea desarrollada y la cantidad de horas trabajadas.

Cuánto cobra por hora una empleada doméstica en agosto

El salario mínimo depende de la categoría laboral y de si la trabajadora cumple sus tareas con retiro o sin retiro.

La modalidad con retiro corresponde a quienes finalizan su jornada y regresan a su domicilio. En cambio, la modalidad sin retiro —conocida habitualmente como “cama adentro”— contempla que la trabajadora reside en el lugar donde presta servicios.

Para supervisores, el valor mínimo es de $4.438,77 por hora con retiro y $4.829,13 sin retiro. En el caso de quienes trabajan bajo la modalidad mensual, los montos ascienden a $553.725,91 y $612.673,11, respectivamente.

Para quienes realizan tareas específicas, el valor por hora es de $4.223,25 con retiro y $4.597,18 sin retiro. Los salarios mensuales correspondientes son de $517.006,43 y $571.426,17.

Los caseros tienen establecido un mínimo de $3.996,45 por hora y un salario mensual de $505.302,76.

En la categoría de asistencia y cuidado de personas, el valor es de $3.996,45 por hora con retiro y $4.435,86 sin retiro. En términos mensuales, los mínimos son de $505.302,76 y $558.972,92.

Por último, para las tareas generales, que incluyen actividades como limpieza, lavado, planchado y preparación de comidas, el mínimo es de $3.733,72 por hora con retiro y $3.996,45 sin retiro. Los valores mensuales son de $458.053,22 y $505.302,76.

Cuando una trabajadora realiza tareas correspondientes a más de una categoría, debe aplicarse la categoría mejor remunerada. No corresponde promediar los valores ni combinar las distintas escalas.

Cómo se calcula el salario según las horas trabajadas

La modalidad de liquidación depende de la cantidad de horas semanales que la empleada trabaja para un mismo empleador.

Cuando la jornada es de 24 horas semanales o más, se toma como referencia el salario mensual correspondiente a la categoría y se calcula de manera proporcional a la cantidad de horas trabajadas.

En cambio, para quienes trabajan menos de 24 horas semanales, se utiliza directamente el valor establecido por hora. En estos casos, el salario mensual no funciona como base de cálculo.

Los adicionales que pueden elevar el salario

El monto básico no siempre representa el total que debe percibir la trabajadora. Dependiendo de las circunstancias, deben incorporarse distintos adicionales.

Uno de ellos es el adicional por antigüedad, que equivale al 1% del salario mensual por cada año trabajado. Este concepto se paga desde septiembre de 2021 y, para determinar la antigüedad, se computa el tiempo trabajado desde el 1° de septiembre de 2020, sin aplicación retroactiva.

También existe un adicional del 31% por zona desfavorable. Este beneficio alcanza a quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones.

En esos casos, el 31% debe calcularse sobre el salario mínimo correspondiente a la categoría y sumarse al salario básico antes de realizar los demás cálculos.

Qué pasó con el último aumento

La escala vigente es consecuencia de los incrementos acordados para el período comprendido entre abril y julio. El último ajuste fue del 1,4% y se aplicó en julio.

Durante ese mismo mes terminó de incorporarse al salario básico el 50% restante de la suma no remunerativa que había sido abonada en marzo. La primera mitad de ese monto ya había pasado a formar parte del salario en abril.

La incorporación completa de esa suma tiene relevancia para las próximas negociaciones, debido a que incrementa la base salarial sobre la cual se calcularán futuros aumentos porcentuales.

Por ahora, sin una nueva convocatoria de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, agosto transcurre con los mismos valores mínimos establecidos en julio.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *