El Gobierno definió una serie de parámetros que limitan el universo de potenciales beneficiarios de la nueva moratoria.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijaron restricciones socioeconómicas y patrimoniales que deberán reunir los interesados en acogerse a la nueva moratoria.

Se trata de una serie de criterios de ingresos y patrimonio que reducen el universo de potenciales beneficiarios de la medida. La novedad aparece en medio de una renovada presión del Fondo Monetario Internacional (FMI) para que el país prosiga con su plan de baja del déficit fiscal a pesar del deterioro en el crecimiento y en las exportaciones a causa de la sequía. Para lograr ese objetivo, el Fondo directamente apuntó a achicar el impacto de la moratoria, junto a otras medidas del orden fiscal.

No se trata de la primera vez que se aplican restricciones sobre las moratorias. Las primeras datan de 2014 y luego bajo el gobierno de Mauricio Macri se endurecieron. En el actual contexto, sin embargo, toman un carácter peculiar. 

El último informe del staff del FMI sobre la Argentina adelantó que «se están realizando esfuerzos para emitir un decreto y reglamentaciones que orienten el ingreso a la moratoria a quienes tengan mayor necesidad. Estas medidas, que podrían resultar en ahorros de alrededor del 0,2 por ciento del PBI, buscarían garantizar una fuerte verificación de recursos de los solicitantes basada en ingresos y riqueza y permitir el acceso solo a quienes hayan realizado algunos aportes al sistema de pensiones, no estén recibiendo otros beneficios y renuncien al acceso al tipo de cambio oficial”.

Las condiciones

De acuerdo a la resolución general conjunta 3545/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, para poder ingresar a la moratoria previsional la persona debe contar con un ingreso bruto mensual promedio en los últimos doce meses que no supere el límite vigente para acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH), que en la actualidad es de 316.731 pesos.

Asimismo, el gasto y consumo promedio mensual de los últimos doce meses anteriores a la fecha de la evaluación no podrá superar el 80 por ciento de ese límite de ingresos, es decir 253.384,80 pesos.

Por el lado patrimonial, la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá ser superior a 2,4 veces anualizado el importe previsto para acceder a la AUH, esto es algo más de 9 millones de pesos. Tampoco podrá tener un automotor cuyo valor supere el importe anualizado de ese ingreso, que en el presente es equivalente a 3.800.772 pesos.

La reglamentación también precisó que las personas que quieran ingresar en la moratoria no podrán acceder al mercado de cambios para obtener divisas por un plazo de 12 meses a partir de la fecha de solicitud.

Moratoria

La ley 27.705 de Moratoria Previsional fue sancionada el 28 de febrero y establece un plan de pago para las personas que tienen la edad para acceder la jubilación, pero no poseen 30 años de aportes.

Se estima que unas 800 mil personas que tienen la edad pero no los 30 años de aportes podrían acceder a una jubilación. Los períodos a incluir en el plan comprenderán lapsos que sean anteriores a diciembre de 2008 inclusive.

Entre los requisitos previstos está cumplir con la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para hombres) o que se llegue a ella dentro del plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la norma. El valor de la Unidad de Pago, es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar, es equivalente al 29 por ciento de la base mínima imponible de la remuneración, que podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.

La base mínima actual es de 19.758,21 pesos, por lo que las cuotas mínimas rondarán los 5.729,88 pesos mensuales. A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30 por ciento de la jubilación mínima, de 58.665 pesos actualmente, por lo que no excederán los 17.599 pesos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *