La norma quedó publicada este lunes en el Boletín Oficial y establece las obligaciones que tendrán los bancos y cómo podrán retirarse los billetes de los cajeros automáticos. La medida estaba dentro de la Ley de Modernización Laboral.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó las cuentas sueldo en dólares en el marco de la Ley de Modernización Laboral, y habilitó la posibilidad de que las empresas paguen salarios en moneda estadounidense. Hasta ahora, la regulación contemplaba únicamente la denominación en pesos.

La medida se implementó a través de la Comunicación “A” 8460/2026 de la entidad, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de Darío C. Stefanelli, gerente principal de Emisión y Aplicaciones Normativas, y Marina Ongaro, subgerenta general de Regulación Financiera.

Lo cierto es que no existe, por el momento, una perspectiva de adopción masiva del pago de salarios en dólares. No solo porque la amplia mayoría de las transacciones en Argentina se sigue realizando en pesos, a pesar del carácter bimonetario de su economía. También porque hay restricciones del cepo cambiario que aún continúan vigentes para las empresas.

Cómo serán las cuentas sueldo en dólares

A partir de esta modificación, las cuentas sueldo pueden estar denominadas en pesos o en dólares estadounidenses. Para ello, según lo dispuesto por la normativa del BCRA, deberá haber un acuerdo entre empleado y empleador.

El texto aclara que la operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas sueldo en dólares estadounidenses «es obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta».

Con todo, señala que también podrán realizarse depósitos y extracciones en dólares, «en la medida que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de numerario, en las demás sucursales, en cajeros automáticos y terminales de autoservicio».

Además, la autoridad monetaria precisó que la gratuidad de la cuenta sueldo en dólares tendrá validez «hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo». Por lo que la gratuidad para montos que excedan la remuneración salarial no será obligatoria para los bancos. (C5N)

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