El abogado Carlos Guillermo Reggiardo denunció penalmente al presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, Diego Lucio Nicolás Lara, por el dictado de la Acordada 339, una resolución interna del organismo que, según la presentación, habría excedido las facultades constitucionales del ente de control.

La denuncia apunta contra Lara y contra “todos aquellos funcionarios públicos que hayan intervenido en la elaboración, aprobación, implementación y ejecución” de la acordada. Reggiardo pidió que se investigue la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y usurpación de autoridad y funciones.
El planteo también solicita que la presentación sea comunicada al Jurado de Enjuiciamiento dentro del plazo legal, por tratarse de un funcionario sometido a un régimen especial de responsabilidad institucional.
El eje de la denuncia
La Acordada 339 fue firmada en el Tribunal de Cuentas con la presencia de Lara, del vocal Antonio Gustavo Labriola, de la vocal María de los Ángeles Moia y de la secretaria letrada María Irene López Lavenstein.
El texto ordena un procedimiento interno para casos vinculados a los artículos 48 y 49 de la Ley 5796. Entre otros puntos, prevé intervención de la Fiscalía de Cuentas, apertura de actuaciones, intervención de la Oficina de Antecedentes y Conclusiones, designación de sumariantes, informes, vistas fiscales, descargos, producción de prueba y resolución final del Tribunal.
Para Reggiardo, ese diseño no es una simple reglamentación administrativa. En la denuncia sostiene que el Tribunal “dejó de analizar cuentas para pasar a investigar personas” y que la acordada creó un “verdadero régimen procesal autónomo”.
La presentación afirma que el organismo se habría atribuido funciones instructorias, cuasi jurisdiccionales y materialmente legislativas. En ese punto, el abogado invoca el artículo 213 de la Constitución de Entre Ríos, que establece que el Tribunal de Cuentas no ejerce funciones judiciales.
Abuso de autoridad y Jury
La denuncia encuadra el caso como un hecho de “gravedad institucional”. Según el planteo, el Tribunal de Cuentas no solo organizó un procedimiento, sino que además concentró en su propia estructura la posibilidad de impulsar actuaciones, reunir antecedentes, individualizar responsables, cuantificar presuntos daños y luego resolver sobre las conclusiones.
“El Tribunal no sólo ejerce facultades ampliadas, sino que además se las autoatribuye reglamentariamente”, sostiene la presentación.
Reggiardo pidió que se investigue quiénes impulsaron la elaboración de la acordada, qué dictámenes jurídicos la sustentaron, qué fundamentos normativos se invocaron y si existió conciencia funcional sobre el presunto exceso de competencia.
También solicitó que se libre oficio al Tribunal de Cuentas para informar cuántos procedimientos se iniciaron bajo la Acordada 339, qué funcionarios fueron afectados, qué actuaciones se derivaron y cuáles fueron los criterios de aplicación.
Un conflicto que ya venía escalando
La denuncia aparece en un contexto de fuerte tensión política y judicial entre Reggiardo y Lara. El abogado patrocina a Daniel Rossi y desde hace tiempo mantiene una posición pública crítica hacia el presidente del Tribunal de Cuentas.
Parte de ese enfrentamiento se expresó en publicaciones del sitio La Caldera, vinculado a Reggiardo, donde se cuestionó el rol de Lara en el marco de la causa de los contratos truchos de la Legislatura y su actuación posterior al frente del organismo de control.
En sectores políticos y judiciales también existieron cuestionamientos sobre presuntas filtraciones de información vinculadas a expedientes o actuaciones que involucraban a dirigentes denunciados ante el Tribunal de Cuentas, algo que profundizó el clima de confrontación entre ambos sectores.
Ahora, el conflicto escaló al plano penal. La presentación de Reggiardo intenta instalar que la Acordada 339 no es solo una norma interna del Tribunal, sino una herramienta que podría permitir al organismo avanzar sobre personas, producir antecedentes y construir hipótesis de responsabilidad por fuera de los límites constitucionales.
Qué puede pasar ahora
La denuncia no implica una imputación formal ni una condena. El primer paso será que el Ministerio Público Fiscal evalúe si corresponde abrir una investigación penal preparatoria.
Si la Fiscalía considera que hay elementos suficientes, podría pedir documentación al Tribunal de Cuentas, requerir los antecedentes de elaboración de la acordada y determinar si existió o no abuso de autoridad o exceso funcional.
El pedido de comunicación al Jurado de Enjuiciamiento agrega un componente institucional sensible: Reggiardo busca que el caso no quede solamente en el fuero penal, sino que también sea observado por el órgano encargado de analizar la responsabilidad de funcionarios de alta jerarquía.
La discusión de fondo es política, jurídica e institucional: hasta dónde puede avanzar el Tribunal de Cuentas en la investigación de responsabilidades patrimoniales y cuándo ese control empieza a parecerse a una función que la Constitución provincial le prohíbe ejercer. (Informe Digital)


