Los cambios en el Servicio Público de la Defensa Penal ponen en alerta a la oposición y a los especialistas.

Un proyecto del Ejecutivo propone la tercerización del servicio de defensa penal mediante convenios con los Colegios de Abogados de la provincia. Desde el oficialismo sostienen que se buscan optimizar los recursos, mientras que la oposición advierte que se trata de una «privatización» del derecho a a la defensa.

En el mes de febrero, cuando se retomen las sesiones extraordinarias de la Legislatura de Santa Fe, el oficialismo buscará continuar con su avanzada sobre el sistema de justicia provincial. Será con el tratamiento, entre otros temas, del proyecto que modifica la ley 13.014, que regula el funcionamiento del Servicio Público de Defensa Penal (SPPDP).

Desde el interbloque oficialista Unidos para Cambiar Santa Fe, sostienen que lo que se busca es optimizar los recursos del servicio público de defensa, del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y de los jueces.

En cambio, sectores de la oposición advierten que se trata de una “privatización” de la defensa penal y que atenta contra el debido proceso. Aseguran que se propone un “garantismo vs. punitivismo populista”, algo que también causa preocupación entre las actuales autoridades del organismo: “Sólo queremos cumplir nuestro rol como nos manda la ley y los estándares internacionales”, expresaron.

El mensaje del Poder Ejecutivo N° 5064 propone la tercerización de servicios de defensa, mediante convenios con los Colegios de Abogados de la provincia, del Sistema de Prestadores de Servicios de Defensa Penal Técnica y de listas elaboradas por dichas entidades profesionales, con el fin de delegar parcialmente la demanda en estudios jurídicos privados. Los servicios de terceros bajo este sistema serán gestionados por los Colegios de Abogados, bajo reglamentación, capacitación y supervisión de la Defensoría Provincial.

La reglamentación deberá prever la asignación diferenciada de cuotas de casos, según la capacidad de respuesta efectiva de cada estudio jurídico. A tal fin, se estandarizarán parámetros objetivos para medir la capacidad de respuesta, tales como la cantidad de profesionales y de empleados auxiliares, las dimensiones de las oficinas y despachos, el consumo energético, la facturación periódica y los aportes a las cajas profesionales, la idoneidad y calificación de sus cuadros gerenciales, la capacidad para atender turnos y urgencias, y la capacidad para recibir practicantes o adscriptos bajo la tutoría de un colega de mayor formación y experiencia.

El proyecto establece que los honorarios de los abogados serán abonados por el condenado en costas, pudiendo establecerse porcentajes diferenciados de bonificación en función de su capacidad económica y de la concurrencia de factores de vulnerabilidad. Las bonificaciones serán cubiertas por la Defensoría Provincial con los fondos obrantes en la cuenta especial prevista y subsidiariamente por el Poder Ejecutivo. De igual forma se procederá en caso de insolvencia respecto de honorarios no bonificados, con derecho a repetición por parte del organismo pagador.

Según fundamentó el Ejecutivo provincial en los considerandos del Mensaje, los nuevos convenios “fortalecerán una política pública orientada a articular un vínculo institucional entre la Defensa Pública y los Colegios profesionales, para un mejor financiamiento del servicio de justicia, asegurando el derecho de defensa de todas las personas sometidas a proceso penal y el trabajo de cada profesional particular” y precisa que esta transformación del sistema “permitirá que, como sucede por ejemplo con los hospitales públicos, para aquellas personas que cuentan con cobertura privada o sindical de salud, se les cobre por las prestaciones médicas recibidas; o sea, si una persona necesita defensa penal y tiene recursos económicos para afrontarlos, se le prestará, pero deberá abonar los honorarios y gastos correspondientes”.

Desde el bloque de la UCR de la cámara baja explicaron que «el proyecto tiene por objetivo optimizar los recursos, que sea más equilibrado entre lo que es el órgano de persecución penal que es la Fiscalía, con lo que es la Defensa, que si bien interviene en audiencias en la investigación penal preparatoria y a lo largo del proceso, la carga de trabajo del órgano de persecución penal comienza desde la comisión del hecho delictivo con todo lo que es la investigación penal preparatoria, recolección de evidencias y preparación de la acusación entre otras actividades». (Aire Santa Fe)

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