La resolución entrará en vigencia a partir de este martes 28 de marzo. Alegan que son atractivos para jóvenes y contienen sustancias tóxicas.

A través de una resolución firmada por la titular de la cartera, Carla Vizzotti, el Ministerio de Salud de la Nación prohibió la importación, venta y publicidad, en todo el territorio nacional, de dispositivos electrónicos utilizados para inhalar vapores de tabaco, incluidos todo tipo de accesorios. Entre los argumentos que fundamentan dicha resolución, se cita que contienen sustancias tóxicas como la nicotina, intentan reemplazar a los cigarrillos convencionales y son atractivos para niños y adolescentes.

La cartera sanitaria publicó este lunes la resolución 565/2023 donde se establece la prohibición de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como “Productos de Tabaco Calentado” (PTC), que consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería.

La decisión está argumentada también en «base a los riesgos que representan» el uso de estos dispositivos y se señala que los expertos advierten que  pueden causar daños pulmonares a largo plazo.

«Prohíbese la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como «Productos de Tabaco Calentado», extendiéndose dicha prohibición a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”, indica la resolución firmada por Vizzotti.

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