El Gobierno promulgó este miércoles la ley que establece tolerancia cero de alcohol para manejar cualquier tipo de vehículos. Si bien era una medida que ya regía en varias provincias como Entre Ríos, con la publicación del Decreto 254/2023 en el Boletín Oficial pasó a tener vigencia en todas las rutas y caminos del país.

Se trata de una modificación a la ley 24.449, que elimina el límite de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre y lo lleva a cero. El decreto lleva la firma de Alberto Fernández, así como también las rúbricas del Jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y el ministro de Transporte, Diego Giuliano.

“Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir”, refiere la Ley 27.714, cuyo proyecto fue impulsado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Sedronar.

En su parte más destacada, el artículo 1° del documento que sustituye el inciso a) del artículo 48 de la ley 24.449, establece que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre”.

Además, aclara que “la autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario”.

El proyecto había sido presentado el año pasado, y antes de ser aprobado en Diputados por amplia mayoría, con 193 votos a favor, 19 negativos y 4 abstenciones, contó con exposiciones de expertos de distintos ámbitos.

Más allá de que la provincia correspondiente adhiera o no a la normativa, si un conductor que circula por una ruta nacional es sometido a un control y da positivo, será sancionado.

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