La Justicia falló en contra del establecimiento educativo tras probar los hostigamientos. El caso ocurrió en Mar del Plata.
Una escuela de Mar del Plata fue condenada a pagarle una millonaria indemnización a una alumna víctima de bullying. Lo ordenó la Justicia, que, tras probar los hostigamientos, falló en contra del establecimiento educativo.
Se pudo comprobar que en 4º año del secundario, la adolescente fue sometida a todo tipo de agresiones por parte de sus compañeros. Por su lado, el colegio negó responsabilidad y adujo que “tal vez las situaciones que pudo haber vivido no fueron tan estresantes o directamente nunca existieron”.
La chica sufrió insultos, empujones, trabas para que se tropezara, le escribieron con marcador un sweater, le pegaron chicles en el pelo y le tiraron gaseosa en la cabeza. Fue humillada, discriminada y excluida de grupos de WhatsApp.
A raíz de todo esto, la víctima un día empezó a convulsionar en la escuela y tuvo epilepsia. Para los directivos, este trastorno «era preexistente» y se desligó del caso porque «ponía en riesgo la subsistencia del colegio».
El testimonio del neurólogo de la alumna, las pericias en neurología y en psicología permiten advertir que las situaciones de estrés como las que generan el bullying pueden producir o desencadenar convulsiones en personas epilépticas. Se determinó que la situación vivida y el estrés resultó el factor determinante en la aparición de su epilepsia.
La jueza del caso concluyó que fue acreditado el daño y su relación causal con la omisión por parte de las autoridades del colegio demandado en tomar medidas conducentes para evitarlo.
Sobre este esquema de controversia, la magistrada realizó una serie de reflexiones sobre el fenómeno del bullying y el modo en que ha sido aprehendido en la normativa internacional y doméstica, la cual impone diversas obligaciones a los establecimientos educativos tendientes a prevenir, detectar y, en su caso, superar la conflictividad social en las actividades educativas.
Trajo a colación el art. 1767 del Código Civil y Comercial e indicó que el establecimiento educativo es responsable por acción u omisión. De esta manera, la escuela deberá resarcir con más de 6 millones de pesos a la alumna.